La versión 3.3 se actualiza al 4.0 , ¡Si! Hay una nueva versión en CFDI que el SAT anunció a finales del 2021, entrando en vigor el 1 Enero 2022 y siendo obligatorio a partir del 1 Julio 2022. ¡Ponte abusado!
Seguramente tienen muchísimas dudas y las aclararemos para ti. Conoce lo que este cambio significa para que puedas emitir tus facturas electrónicas cumpliendo con la última actualización fiscal.
¿Qué va a pasar con mis facturas anteriores con la versión 3,3?
Todo completamente normal, son válidas y vigentes. Sin embargo, sí es importante informarte sobre la versión 4.0. e implementarla para tus próximas facturas.
¿Cuáles son las diferencias entre la versión 3.3 y 4.0.?
De acuerdo a la información publicada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el CFDI versión 4.0 tiene las siguientes diferencias:
- Incluye de manera obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y del receptor.
- Los nombres del emisor y receptor deben ir en mayúsculas y sin el régimen societario
- Los nombres del emisor y receptor deben registrarse como aparecen en la Contancia de Situación Fiscal.
- El CFDI debe incluir el régimen fiscal del receptor
- Es obligatorio incluir el Código Postal del receptor
- En las opciones de uso, desaparece P01- Por definir y se agrega una validación a este catálogo que dependiendo del régimen fiscal del receptor será el uso de factura que se podrá indicar.
- Se debe indicar si el producto o servicio de la operación comercial es objeto de impuesto o no, y si está obligado al desglose de éstos.
- Si el CFDI se genera en una moneda diferente al peso mexicano (MXN), se deberá indicar el tipo de cambio en FIX, que determina el Banco de México.
- Se debe indicar si el producto es de exportación.
- En caso de relacionar el CFDI, se puede relacionar con más de un CFDI y se pueden indicar diferentes tipos de relación.
- Incluye campos para identificar las operaciones donde exista una exportación de mercancías.
- Identifica si las operaciones que ampara el comprobante son objeto de impuestos indirectos.
- Incorpora nuevos apartados para reportar información respecto de las operaciones con el público en general; así como, aquellas que se realicen a cuenta de terceras personas.
¿Qué hay de la cancelación de facturas?
A partir del 2022 es necesario señalar el motivo de la cancelación de los comprobantes.
Al seleccionar como motivo de cancelación la clave 01 “Comprobante emitido con errores con relación” debe relacionarse el folio fiscal del comprobante que sustituye al cancelado.
Así que aguas con dar doble revisión a las facturas por emitir, el SAT cada vez se pone más detallado con nuestra situación fiscal.
¿Qué ventajas tendremos?
Para la autoridad tributaria, se incrementará la calidad de la información recibida por parte de los contribuyentes a través de sus CFDI emitidos. Esto se traduce en que brindará un mayor control en la determinación de impuestos basados en el flujo de efectivo, como el IVA.
Por lo tanto, uno de los beneficios del CFDI 4.0 es que facilitará las declaraciones sobre las transacciones que se realizan de manera diferida, ya que permitirá identificar la factura original de la cual proviene la operación.
En contraparte, los contribuyentes se benefician al agilizar sus declaraciones con información prellenada. Además, podrán recibir mejores servicios del SAT.
¿Qué otras modificaciones hay en la reforma fiscal?
De forma adicional a todo lo anterior, las consideraciones que deben tomar en cuenta las personas físicas y morales que tributarán bajo la nueva modalidad del CFDI 4.0 son las siguientes:
- Habrá nuevos catálogos y reglas de validación.
- Se añade un atributo para los casos de sector primario.
- Sustituye el complemento a cuenta de terceros por un elemento nuevo a nivel de concepto.
- Se incluirá la información para los comprobantes globales que emitirán los contribuyentes del nuevo Régimen Simplificado de Confianza que estará vigente desde el 2022.
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